Desde la Asociación de Vecinos de las Cavas y Costanillas llevamos CINCO años intentando que el Ayuntamiento de Madrid, y la Junta de Centro en particular, se responsabilicen de que las Fiestas de la Paloma se celebren de una forma tradicional y popular, sin que por ello los vecinos tengamos que huir del barrio en desbandada.
Para ello participamos en la Comisión de Fiestas de forma muy activa intentando racionalizar lo que son, y deberían seguir siendo, unas fiestas populares como se hacían tradicionalmente, y no en lo que se ha convertido estos últimos diez años: UN MACRO BOTELLÓN.
Este desvarío causa en el barrio, en esos días, verdaderos problemas de seguridad, limpieza y convivencia.
Y puesto que prevemos que en los años sucesivos va a suceder lo mismo, creemos que el Madrid de los Austrias no puede aguantar más la masificación de unas fiestas antaño populares y que actualmente sólo son un negocio para los bares de la zona.
Por este motivo solicitamos al Ayuntamiento de Madrid que cumpla la Ordenanza Reguladora de la Gestión de Recintos de Ferias y Festejos Populares de las Juntas Municipales de Distrito para los recintos feriales. Que dice textualmente: “Sin perjuicio del mantenimiento de aquellos emplazamientos tradicionales que cuenten con la aceptación vecinal, el lugar elegido será una zona libre, en un espacio abierto, de fácil acceso y comunicación, en el que la instalación tenga poca incidencia en el tráfico y no atente contra la higiene, tranquilidad y seguridad de los usuarios y del vecindario”.
No pedidos nada extraordinario sólo: QUE EL AYUNTAMIENTO TAMBIÉN CUMPLA LAS LEYES Y NORMAS QUE PROMULGA.
Estamos cansados de que al Ayuntamiento le importe tan poco que exista aceptación vecinal o no, y que ni siquiera nos informe de cuánto abarcará el recinto ferial, horarios, etc.
ESTE ES EL ESCRITO REGISTRADO:
En nombre de la Asociación de Vecinos las Cavas y Costanillas, con CIF G-85724128, se presenta ante el Ayuntamiento de Madrid la siguiente reclamación con motivo de la organización de las Fiestas de La Virgen de la Paloma:
Las molestias que se ocasionan a los vecinos atentan contra sus derechos, son totalmente desproporcionadas, resultan innecesarias para dar cumplimiento a la tradición e incluso desvirtúan el objetivo de la fiesta.
El programa oficial de las fiestas incluye una serie de actos tradicionales como son los actos religiosos, la procesión, concursos de baile, actividades infantiles, etc. Sin embargo, este programa no especifica la actividad que más molestias genera a los vecinos: la autorización concedida a los locales de ocio para instalar en la vía pública barras donde se sirven bebidas alcohólicas, dotadas de aparatos reproductores de música de gran potencia que pueden funcionar sin limitación alguna hasta bien avanzada la madrugada. A título de ejemplo, la duración autorizada de esta actividad en la edición de 2013 ha sido, según dijo el Ayuntamiento en la reunión de la Comisión de Fiestas y confirmó en el 010:
– Noche del 14 al 15 de agosto (festivo): hasta las 2:30
– Noche del 15 al 16 de agosto (laborable): hasta las 2:00
– Noche del 16 al 17 de agosto (sábado): hasta las 2:30
– Noche del 17 al 18 de agosto (domingo): hasta las 2:30
(Para agravar aún más la situación, los horarios se incumplieron de manera generalizada y la música continuó en muchas zonas hasta las 3:00, 3:30 o más).
La Ordenanza Reguladora de la Gestión de Recintos de Ferias y Festejos Populares de las Juntas Municipales de Distrito, de 30-07-98, modificada por la Ordenanza de la adaptación al ámbito de la Ciudad de Madrid de transposición de la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior ANM 2011\16, dispone lo siguiente:
“A los efectos de estas Normas se entiende por recinto ferial cualquier zona acotada, dentro del término municipal de Madrid para la celebración de festejos populares, ya sea vía pública, solar, espacio abierto o zona verde, en terrenos de dominio público, patrimoniales o en terrenos privados y en la que se prevea el montaje y funcionamiento de elementos destinados al recreo y esparcimiento público, tales como aparatos verbeneros, casetas, quioscos, o cualesquiera otros similares.» (Artículo 1, párrafo segundo) «Sin perjuicio del mantenimiento de aquellos emplazamientos tradicionales que cuenten con la aceptación vecinal, el lugar elegido será una zona libre, en un espacio abierto, de fácil acceso y comunicación, en el que la instalación tenga poca incidencia en el tráfico y no atente contra la higiene, tranquilidad y seguridad de los usuarios y del vecindario.» (Artículo 17, punto 1).
Al respecto, cabe señalar lo siguiente:
a) Resulta difícil considerar “zona acotada” al recinto ferial que el Ayuntamiento impone para estas fiestas. Dicho recinto ferial abarca no sólo la Gran Vía de San Francisco, la Carrera de San Francisco y Las Vistillas, donde se instalan los feriantes, sino también todo el entramado de calles adyacente: Calatrava, Águilas, Ángel, Tabernillas, Aguas, San Isidro Labrador, Lucientes, Mediodía Grande, Mediodía Chica,
Humilladero, Plaza de la Paja, etc. De este modo quedan englobadas dentro del recinto ferial manzanas enteras de viviendas, sin que sus habitantes hayan sido consultados, con las gravísimas consecuencias que esto les acarrea.
b) No se puede considerar que el mantenimiento de este emplazamiento tradicional cuente con aceptación vecinal suficiente. El Ayuntamiento recibe todos los años numerosas quejas de los vecinos durante las fiestas: llamadas al 010, llamadas a la Policía Municipal, reclamaciones presentas por vía electrónica, etc. La Asociación de Vecinos las Cavas y Costanillas forma parte de la Comisión de Fiestas, a cuyas reuniones acude regularmente, año tras año, con el fin de solicitar que se reduzcan las molestias a los vecinos. A esto hay que sumar los vecinos que padecen la situación en silencio y, sobre todo, la gran mayoría de vecinos que, conocedores de la situación, todos los años se marchan de vacaciones en estas fechas de manera forzosa.
Las consecuencias de que nuestras viviendas queden englobadas en el recinto ferial son las siguientes:
1) Ruido atronador generado por los aparatos de música instalados en la calle por los locales de ocio, junto con el griterío de cientos de personas cantando al unísono. Este ruido se prolonga hasta bien entrada la madrugada, durante 4 o 5 días seguidos, sean laborables o festivos. El ruido es de tal magnitud que no sólo resulta absolutamente imposible conciliar el sueño sino que en buen número de viviendas también resulta imposible desarrollar una vida familiar normal por la tarde. El problema se ve agravado por la necesidad de mantener las ventanas abiertas en esta época del año en caso de no disponer de aire acondicionado, aunque en la mayoría de las ocasiones es irrelevante si se tienen abiertas o cerradas. Una vez cesa la música, todavía persisten los ruidos generados por la recogida de mesas y sillas, así como los provocados por las personas que aún deambulan por la zona, muchas en estado de embriaguez. A las pocas horas, hay vecinos que deben levantarse para ir a trabajar.
2) Enormes cantidades de basura, que queda esparcida por la vía pública. Las brigadas de limpieza municipales recogen todas las mañanas toneladas de basura. Antes de que esto ocurra es difícil salir
de casa, y quien pretende pasear al perro termina llevándolo en brazos o quien quiere desplazarse en bicicleta opta por llevarla en alto. El fuerte olor a orín es constante día y noche. Adicionalmente, durante estas fechas el Ayuntamiento retira de las calles los contenedores de vidrio, papel y envases, materiales que los vecinos ya no podemos reciclar.
3) Prohibición de aparcar nuestros vehículos en la mayoría de las calles.
4) Imposibilidad de acceder en coche a nuestras viviendas entre las 19:00 y las 3:00 horas, aproximadamente. Esto es especialmente grave para las personas con movilidad reducida.
5) Obstáculos que obstruyen totalmente las aceras e incluso la calzada, como son mesas, sillas y barras de bar. Suponen un serio inconveniente para los invidentes y personas de movilidad reducida.
6) Serias dificultades para que lleguen los servicios de emergencias en caso de necesidad. Todo el entramado de calles está ocupado por el público asistente, sillas, mesas, etc.
7) Espectáculos poco edificantes, especialmente para los niños, provocados por el papel central que se concede al consumo de alcohol durante las fiestas. Su gran consumo se acompaña, además, por el de otras drogas, como hachís y cocaína.
8) Fuertes olores generados por las casetas de los feriantes al freír los diversos alimentos que despachan. El problema se ve agravado por la necesidad de mantener las ventanas abiertas en esta época del año en
caso de no disponer de aire acondicionado.
En definitiva, se puede afirmar que la zona resulta inhabitable durante las fiestas y que se nos priva a los vecinos del derecho a disfrutar de nuestras viviendas.
Consideramos que el Ayuntamiento vulnera totalmente el derecho al descanso de los vecinos y, en mayor o menor medida, también los siguientes:
– Derecho a la libertad y seguridad (artículo 17 de la Constitución Española y artículo 6 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea).
– Derecho a la intimidad personal y familiar (artículo 18 de la Constitución Española) y derecho al respeto de la vida privada y familiar (artículo 7 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea).
– Derecho a la libre elección de residencia (artículo 19 de la Constitución Española).
– Derecho a trabajar (artículo 35 de la Constitución Española y artículo 15 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea).
– Derecho a la propiedad (artículo 33 de la Constitución Española y artículo 17 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea).
– Derechos del niño (artículo 24 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea).
– Derechos de las personas mayores (artículo 25 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea).
– Integración de las personas discapacitadas (artículo 26 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea).
– Protección de la salud (artículo 43 de la Constitución Española y artículo 35 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea).
– Protección del medio ambiente (artículo 45 de la Constitución Española y artículo 37 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea).
– Derecho a una vivienda digna (artículo 47 de la Constitución Española).
Por todo ello, solicitamos al Ayuntamiento de Madrid que adopte una de las siguientes medidas:
1. Celebración de las fiestas de la Virgen de la Paloma en una “zona libre, en un espacio abierto, de fácil acceso y comunicación, en el que la instalación tenga poca incidencia en el tráfico y no atente contra la higiene, tranquilidad y seguridad de los usuarios y del vecindario”.
2. Reducción drástica de las molestias generadas a los vecinos en el emplazamiento tradicional, incluyendo el cese de todas las actividades a las 0:00 horas todos los días.
Se significa que esta reclamación tiene carácter previo a la presentación de una queja ante el Defensor del Pueblo.
Madrid, 7 de octubre de 2013